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Bajo la lupa: batido de chocolate Puleva ‘zero’

Fecha de publicación
24 octubre 2022

AUTORA: BEATRIZ ROBLES

¿El único batido apto para diabéticos?

Un informe de la Comisión Europea de 2008 estableció que «la composición dietética deseable para las personas con diabetes es similar a la recomendada para el resto de la población». Por tanto, los diabéticos deberían poder cubrir sus necesidades con una adecuada selección de alimentos habituales. No hay base científica para imponer criterios de composición particulares a los alimentos específicamente destinados a las personas con diabetes.

Además, los productos destinados a regímenes dietéticos especiales están regulados y, como se indica en el informe de la Comisión, los «alimentos para diabéticos» no son una categoría de alimentos, por lo que se les aplica la legislación general.

De esta manera, la declaración «apto para diabéticos» no está reconocida legalmente ni implica que el producto deba cumplir con ningún requisito específico. Es una declaración que no debe hacerse, ya que puede inducir a error «al insinuar que el alimento posee características especiales cuando, en realidad, todos los alimentos similares poseen esas mismas características».

Por lo tanto, esta declaración puede ser engañosa para los consumidores, que pueden interpretar que hay alimentos específicamente diseñados para diabéticos cuando no es así. El Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos de la Unión Europea considera que «estas declaraciones son difícilmente compatibles con la legislación europea».

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