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Leche sin gluten o marketing deshonesto

Fecha de publicación
06 septiembre 2016

AUTORA: BEATRIZ ROBLES

¿Crees que cuanta más información aparezca en la etiqueta de un alimento más claridad para el consumidor?

La respuesta inmediata sería Sí, claro que sí.

Pues esta verdad incontestable tiene matices. Siguiendo la temática del post de la semana pasada, hoy los vamos a ver en el caso del etiquetado “sin gluten”.

Para ir entrando en materia te dejo la siguiente foto. Está sacada este mismo mes en un supermercado:

Leche sin gluten CLA

Del mismo lineal y el mismo día te muestro también esta otra.

Leche sin gluten puleva

Y esta.

Leche sin gluten

¿Te sobra algo?

Por el título del post y la entrada de la semana pasada lo has podido adivinar.

La mención “sin gluten” no es correcta en estos casos.

¿Es incorrecta porque no es verdad? ¿La leche contiene gluten?

En absoluto. Sigue leyendo y descubrirás por qué este etiquetado es erróneo.

¿Hay leches que contienen gluten?

No. Ninguna leche del mercado contiene gluten.

Aquí es importante diferenciar entre la leche (secreción mamaria normal de animales lecheros obtenida mediante uno o más ordeños sin ningún tipo de adición o extracción, destinada al consumo en forma de leche líquida o a elaboración ulterior), y los productos lácteos (producto obtenido mediante cualquier elaboración de la leche, que puede contener aditivos alimentarios y otros ingredientes funcionalmente necesarios para la elaboración). Definiciones del Codex Stan 206-1999 (descárgatelo aquí).

Es cierto que en los supermercados encontramos productos lácteos en los mismos lineales que la leche y con un envase y etiquetado prácticamente idéntico.

Es importante diferenciar entre leche y productos lácteos. Muchos productos que asumimos que son leche no se corresponden con la definición de leche (busca en las etiquetas y verás que no pone «leche» sino «bebida láctea» o «producto lácteo»)

O lo que es lo mismo, algunos productos que habitualmente llamamos leche (y que muchas veces se anuncian insinuando que lo son) legalmente no se consideran leche. Por ejemplo, los preparados con Omega 3, con fibras solubles, con esteroles vegetales o con jalea real.

Sin gluten fibra

En estos casos es posible que los ingredientes añadidos procedan de fuentes que contienen gluten.

Por eso es aceptable y recomendable que en estos productos se incluya la mención “sin gluten” para que las personas celiacas puedan escoger.

¿Puede justificarse que el etiquetado indique leche sin gluten?

En el caso de la leche la mención “sin gluten” no sólo no es necesaria (por definición no puede contener ningún ingrediente distinto de los propios de su composición) sino que va en contra del espíritu del Reglamento 1169/2011.

El Reglamento 828/2014 relativo a los requisitos para la transmisión de información a los consumidores sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos entró en vigor hace tan solo unos días (el 20 de julio).

En él encontramos un considerando inicial que indica que en un alimento que contiene ingredientes exentos de gluten de forma natural debe ser posible que se indique la ausencia de gluten de forma voluntaria. Puedes leer más sobre este Reglamento en el post de la semana pasada.

Pero, para poder hacer esta mención, se deben cumplir las normas generales sobre prácticas informativas leales en el etiquetado voluntario recogidas en el artículo 7 del Reglamento 1169/2011. Y una de ellas, destacada en el Reglamento 828/2014, es que la información alimentaria no debe inducir a error al insinuar que el alimento posee características especiales, cuando, de hecho, todos los alimentos similares poseen esas mismas características.

Si un alimento por su naturaleza no contiene gluten no se puede indicar en la etiqueta que es «sin gluten» (estaría sugiriendo que otros productos parecidos sí lo contienen y esto es falso)

Exactamente este es el caso del etiquetado de la leche protagonista de este post.

Indicar que una leche es “sin gluten” está insinuando claramente que el resto de marcas de leche pueden contenerla, le está adjudicando una característica especial que en realidad tienen todos los productos similares.

¿Cómo perjudica esto al consumidor?

Podría pensarse que el exceso de información no puede tener repercusiones negativas sobre el comportamiento de los consumidores.

Pero no es así.

Desde el punto de vista del marketing es una práctica desleal porque esa marca de leche concreta pretende diferenciarse del resto con una característica que es común a todas las marcas de leche.

Pero además puede generar confusión en los consumidores.

No hace muchos días leí una pregunta en un foro de consumidores de una persona celíaca.

Era una mujer muy preocupada porque ella siempre consumía leche de una marca concreta que le daba confianza porque indicaba “Sin gluten”.

En las últimas semanas esa marca dejó incluir esa mención en el etiquetado de la leche y esta persona la había dejado de comprar.

Creía que si ya no ponía “sin gluten” era porque ahora sí contenía gluten.

Los consumidores son responsables de su propia alimentación y de sus elecciones, pero la información que se les facilita debe ser clara para que puedan escoger con criterio sin tener que ser expertos en normativa alimentaria.

El consumidor medio no tiene por qué estar enterado de las sutilezas que permite la legislación.

Es cierto que las personas que tienen algún tipo de intolerancia o alergia alimentaria suelen hacerse expertos en el etiquetado de los productos y son capaces de detectar la sustancia que les perjudica incluso aunque la información sea confusa.

Pero la industria alimentaria no debería ponérselo difícil y tampoco debería aprovechar las interpretaciones de la ley para hacer anuncios o alegaciones desleales.

Cuando una moda sin evidencia científica se convierte en una excusa para el marketing

A nadie se le escapa que en los últimos años ha crecido la tendencia de la dieta sin gluten para personas que no tienen ningún tipo de intolerancia.

Este tipo de modas son impulsadas muchas veces por figuras reconocidas que tienen un gran poder de influencia.

En ocasiones hacen afirmaciones vagas como que físicamente se encuentran mejor desde que han dejado los alimentos con gluten o que han perdido peso.

Muchas veces estos efectos no están asociados directamente a que prescindan del gluten sino a que eliminan de su dieta de productos altamente calóricos –bollería industrial, por ejemplo- que contienen gluten.

Otras veces van más allá porque declaran que el gluten está relacionado con enfermedades autoinmunes, depresión, fatiga e incluso cáncer.

Como puedes leer ampliamente en este artículo, no hay ninguna evidencia científica que demuestre que eliminar el gluten de la dieta en las personas que no tienen intolerancia tenga ningún efecto positivo.

Al contrario, puede tener efectos negativos por prescindir de micronutrientes que van asociados a los alimentos que contienen gluten.

La industria es consciente de esta moda y la aprovecha a su favor.

No tiene que hacer ningún tipo de inversión, ni tecnológica ni publicitaria, ni cambiar sus procesos de fabricación y puede ver incrementadas sus ventas porque aparentemente se diferencia de la competencia.

Simplemente añadiendo en la etiqueta “sin gluten” a un producto como la leche que, por definición, no lo contiene.

¿Hay alguna razón que explique que estos envases de leche estén en el mercado?

Hasta la entrada en vigor del Reglamento 828/2014 la mención “sin gluten” en productos que no lo contenían de manera natural estaba regulada por el Reglamento 41/2009 y tenía amparo dentro de la legislación.

El Reglamento 41/2009 que regulaba estas menciones, especificaba en el artículo 4 sobre la composición y etiquetado de otros productos alimenticios adecuados para las personas con intolerancia al gluten que

“Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra a), inciso iii), de la Directiva 2000/13/CE (Directiva 2000/13 Artículo 2 1. El etiquetado y las modalidades según las cuales se realice no deberán: a) ser de tal naturaleza que induzcan a error al comprador, especialmente: iii) sugiriéndole que el producto alimenticio posee características particulares, cuando todos los productos, similares posean estas mismas características;), el etiquetado, la publicidad y la presentación de los siguientes productos alimenticios pueden llevar el término «exento de gluten» si el contenido de gluten no sobrepasa los 20 mg/kg, medido en los alimentos tal como se presentan al consumidor final:

a-.  productos alimenticios para el consumo normal.
b-. productos alimenticios destinados a una alimentación particular elaborados, tratados o preparados especialmente para responder a las necesidades nutricionales particulares distintas de las de las personas con intolerancia al gluten pero que son sin embargo adecuados, en virtud de su composición, para cubrir las necesidades dietéticas especiales de las personas con intolerancia al gluten.”

Por lo tanto estaba permitido específicamente utilizar esta mención con el objetivo de permitir que los alimentos para un consumo normal que fueran aptos para una alimentación especial indicasen esta característica.

Pero este supuesto no está contemplado en la actual legislación.

La mención «Sin gluten» también podría deberse a un intento de la industria por ser más clara y ofrecer más información a los consumidores.

Sin embargo, como te he contado en el caso de la señora que ya no se atrevía a comprar leche de una marca concreta, puede generar más confusión y ser contraproducente.

¿Podría ser que estos envases de leche se hubiesen distribuido antes de la entrada en vigor del Reglamento 828/2014?

Es posible, pero este Reglamento no contempla ningún periodo transitorio durante el cual se puedan comercializar productos no conformes hasta el fin de existencias.

Es muy poco probable que se trate de las “últimas partidas” comercializadas antes de la entrada en vigor.

¿Hay casos en lo que es aceptable indicar “sin gluten” cuando el alimento no lo contiene de forma natural?

Sí, en el post de la semana pasada puedes ver cuándo está justificada esta mención.

En conclusión: no siempre el exceso de información en el etiquetado aporta claridad a los consumidores.

Etiquetar cualquier producto como “sin gluten” cuando todos los productos similares tienen esta misma característica sólo consigue confundir.

En este post he hablado de la leche, pero seguro que tú has encontrado otros ejemplos.

Te propongo el reto de encontrar en el supermercado productos que tienen la mención “sin gluten” y no deberían. Te espero en los comentarios. Y si quieres puedes enviarme una foto del alimento en cuestión a info@seguridadalimentariaconbeatriz.com y lo comentaré en futuras entradas.

Nos vemos en el siguiente post.

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